lunes, 3 de abril de 2017

La Economia del Perú durante los primeros años de la Independencia

ANALES DE LA HACIENDA PÚBLICA DEL PERÚ. LEYES DECRETOS, REGLAMENTOS Y RESOLUCIONES COLECCIONADAS Y COMENTADAS POR PEDRO EMILIO DANCUART[1]


I. La Hacienda Pública
Durante los años en los cuales  territorio peruano estuvo sujeto al dominio de un dominio externo, vale decir, al dominio español, tanto la política como la economía, y en general la administración pública, estaba normada y regida desde España.

En España estaban los principales órganos de decisiones de las colonias, así teníamos a la Casa de Contratación de Sevilla, El Real consejo de Indias, y de más instituciones que ejercían una tutoría sobre sus posesiones en América. De tal forma, que aquí, en los virreinatos, más que nada se aplicaban las disposiciones venidas de España, aunque en algunas ocasiones, en la práctica, muchas disposiciones eran dejadas de lado, pero manteniendo el respeto y la investidura española.

Siendo así, vemos como esta forma de pensar el virreinato llevaba a la simple ejecución de las órdenes y decretos que ya habían sido pensados en España, y que muchas veces no eran acordes a estas realidades, pero que sin embargo eran aprobadas y mandadas a hacer cumplir por los funcionarios coloniales. De esta suerte de proteccionismo, el virreinato del Perú tuvo que acatar y adaptar estas disposiciones pero sin la libertad de poder generar sus propias disposiciones de gran trascendencia. Motivo por el cual, al emanciparnos de España, al gobierno no le fue nada fácil emprender la tarea de gobernarse solo.

A inicios de la independencia, San Martín y Bolívar se valieron más que nada de su popularidad y carisma para lograr el respaldo popular en el gobierno, ya que a diferencia de los reyes, ellos no contaban con la ascendencia noble para acreditar su subida al “trono”, o en este caso, al gobierno. San Martín, como bien lo dice el texto, “tan luego que se lo permitieron las atenciones del primer momento y el preferente cuidado de las operaciones militares, dictó el “Estatuto Provisorio”, que llamado a regir en un tiempo en que no había Congreso ni otra autoridad nacional más que la suya, declaró y fijó sus atribuciones fiscales en armonía con estas circunstancias”. (pg. 53).

Vemos que el mandado de San Martín se amparó en el llamado “Estatuto Provisorio”, que como bien lo indica se nombre era temporal, hasta que el recién liberado Perú, decida su forma de gobierno y emprenda la tarea de organizarlo, bajo el amparo de una Constitución, ya sea si el sistema fuese una República o una Monarquía Constitucional”.

II. Hacienda Pública durante el Protectorado y la República.

A parte de elaborar el “Estatuto Provisorio”, a San Martín, como protector del Perú y de su independencia, le tocó la tarea de organizar a esta nueva entidad política que surgía mientras en sus territorios se seguía librando batalla contra el dominio español, que a su vez se valía de la fuerza de los propios “peruanos”.

Artículos importantes del Estatuto, de esta fase de la independencia, son los que demuestran el interés de José de San Martín por organizar la economía bajo los principios liberales. Por ejemplo, se decía en un artículo “Podrá imponer contribuciones, establecer derechos y exigir empréstitos para subvenir a los gastos públicos con consulta de su Consejo de Estado” (artículo 3), “Arreglará el comercio interior y exterior conforme a los principios liberales de que esencialmente depende la prosperidad del país” (artículo 5), entre otros.

El Estatuto Provisorio fue de corte liberal, incluía la defensa del hombre, inspirado en los principios de la Revolución Francesa. A parte de ser la base jurídica del Protectorado, establecía una división de poderes, el delito de traición a la patria.

Durante el tiempo del Protectorado, el gobierno de San Martín dicto decretos como la Ley de Imprenta, el Reglamento de comercio, rompiendo con tantas veces injusto monopolio español. Abolió el tributo indígena y la mita, la Ley de Vientres. Reemplazó al Tribunal del consulado por la Cámara de Comercio, entre otros, además de delegar la administración general de la Hacienda al Ministerio de Hacienda.

III. Política económica durante los primeros años de la Independencia.

En su texto Dancuart nos dice que pese a las buenas disposiones de San Martín en relación a las medidas liberales del Estatuto Provisorio, estas no pudieron entrar en vigencia, ya que luego de que San Martín renunciara al Protectorado del Perú, estos decretos iban a rivalizar con la figura del libertador Simón Bolívar, que ya venía al Perú para hacerse cargo del gobierno.

“El Congreso, comprendiéndolo así, se vio precisado a expedir la ley de 11 de noviembre de 1823 declarándolo en suspenso, los artículos de la Constitución que opusieran taxativa a las facultades dictatoriales del libertador” (pg. 231).

En ese sentido la hacienda del Perú fue manejada por el gobierno por las personas que rodeaban a Bolívar.

Pese a este ambiente dictatorial, al manejo del gobierno entraron hombres prominentes en el manejo de la administración pública como Hipólito Unánue, Bernardo Monteagudo, Francisco Valdivieso, Dionisio Vizcarra, José María del Pando, Juan Salazar, José de Larrea y Loredo.

Disposiciones del gobierno en este periodo tenemos:

-La Audiencia Real de Cuentas fue reorganizada con el título de Contaduría Mayor de Cuentas.
-La Tesorería General fue reorganizada.
-El Consulado, La Casa de la Moneda y otras oficinas fiscales fueron reformadas.
-Las Adunas, que operaban conforme al Reglamento de 1773, fue reformada con el nuevo Reglamento Provisional de Comercio del 23 de setiembre de 1821, abriéndose los puertos de la República al comercio universal.
-Organización de la Dirección de Temporalidades, censos y obras pías, por decreto del 20 de febrero de 1822.
-El 6 de mayo se establece la Caja de Amortización.
-Se mandó cerrar las cuentas de las oficinas fiscales, en 31 de julio de 1821.
-Se exigió a los Prefectos que mandaran con exactitud el manifiesto de ingresos y egresos de su tesorería.
-Se  le asignó al jefe de Estado un haber de 3000 pesos mensuales, pero el Congreso, por ley del 10 de setiembre de 1823 elevó a 50000 pesos anuales.

Imagen de Internet




[1] Anales de la Hacienda Pública del Perú. Leyes decretos. Reglamentos y resoluciones; aranceles, presupuestos, cuentas y contratos; que constituyen la legislación y la historia fiscal de la República. Coleccionadas y comentadas por P. Emilio Dancuart, comisario, ordenador del cuerpo político de la Armada; administrador cesante de la Aduana del Callao; ex director general de la Hacienda y de Aduanas. Tomo I. Lima: Imprenta, librería y Encuadernación de Guillermo Stolte, 1902.

No hay comentarios:

Publicar un comentario